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Migrantes en México: no más detención ni criminalización.

Migrantes en México: no más detención ni criminalización.

Publicado el 20 de febrero de 2014
por Mónica Oehler en Animal Político

Ante un escenario en el que se utiliza la detención como respuesta al fenómeno migratorio, y en el que una persona migrante que decida defender sus derechos deberá permanecer privada de su libertad en una estación migratoria todo el tiempo que dure su procedimiento, el Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal ordenó la inmediata libertad de una señora de nacionalidad estadounidense y la de su hija de 9 años, para que pudieran llevar su procedimiento administrativo migratorio sin tener que vivir el encierro en un centro de detención por un tiempo indefinido.

El juez basa su decisión en el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a personas migrantes y sujetas de protección internacional (el “Protocolo”), analizando que la detención debe hacerse de manera excepcional.

Puntualizó que “si bien es cierto que la Ley de Migración prevé la posibilidad de privar de la libertad a un extranjero, acorde a lo establecido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, dicha privación debe ser un recurso excepcional, esto es, debe autorizarse únicamente cuando sea estrictamente necesario, conforme al principio de proporcionalidad y de persecución de un fin legítimo e idóneo, así como asegurar que sea realizada durante el menor tiempo posible. Aunado a lo anterior, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos recomienda adoptar medidas alternativas a la privación de la libertad”.

La última vez que Sin Fronteras recibió una resolución donde se le permitía a la persona llevar su juicio de amparo en libertad fue en julio de 2008, por lo que en general los jueces habían sido renuentes a utilizar este tipo de medidas.

Ahora el Protocolo, publicado en septiembre del año pasado, establece la posibilidad de utilizarlas basándose en las normas de origen nacional e internacional de las que México es parte, buscando otorgar a las personas migrantes la mayor protección posible. A 5 meses de su publicación, Sin Fronteras recibió una resolución de esta naturaleza, por lo que se espera que este instrumento se convierta en una real opción para brindar alternativas a la detención y ayude a que sean los jueces quienes se aseguren que las detenciones migratorias no sean arbitrarias.

Cabe señalar que la detención por motivos migratorios tiene consecuencias psicológicas importantes. De acuerdo con un estudio que se realizó en Estados Unidos, el 86% de las personas detenidas sufrían depresión, 77% ansiedad, 50% estrés post traumático y 25% tendencias suicidas[1]. Es por esto que son varias las organizaciones e instancias internacionales[2] que han llamado la atención para buscar alternativas a la detención, que además presentan externalidades positivas, como que reducen los costos para el gobierno.

La única posibilidad de obtener una alternativa a la detención siguiendo lo que establece la Ley de Migración es a través de la “custodia”; no obstante los requisitos para que la den son tantos que el Instituto Nacional de Migración tuvo 88,506 [3] eventos de detención en 2012 y concedió únicamente 9 custodias[4].

Es por esto que las opciones a la detención dictadas por el Poder Judicial son tan importantes. No se puede garantizar un efectivo acceso a la justicia si esta está sujeta a que las personas estén privadas de su libertad, tampoco podemos decir que en México no se criminaliza a la migración si la consecuencia de encontrarse de manera irregular es encontrarse detenida en alguna estación migratoria.

La resolución del juez es un gran precedente que nos hace pensar que las alternativas a la detención son posibles, que podemos concretar medidas que permitan a las personas llevar sus procedimientos en libertad, sin sentirse criminales, sin tener daños psicológicos, pudiendo dar un seguimiento puntual a sus casos y respetando sus derechos, pero especialmente estudiando cada caso y buscando cuál puede ser la mejor solución para ellos.

 

* Mónica Oehler es abogada de Sin Fronteras (@Sinfronteras_1)

[1]The Campbell Collaboration, Title registration for a review proposal: Detention of asylum seekers and the impact on their mental health, página 2.

[2]La Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, Sin Fronteras, Amnistía Internacional, el Relator de los Derechos de los migrantes de Naciones Unidas, el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, la Coalición Internacional contra la Detención, entre muchas otras.

[3]Secretaría de Gobernación, Política Migratoria, Boletín Estadístico 2012. Fecha de consulta: 17 de febrero de 2014.

[4]Instituto Nacional de Migración, Folio INFOMEX No. 0411100001914, 4 de febrero de 2014.

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Clasificación
Sin dato

País

México

Temática general
[Derechos civiles]

Temática específica
[48]



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